NEUROLOGIA: PLAN DE LA ESPECIALIDAD (1)
1. DENOMINACION OFICIAL (R. DTO. 127/84)DE LA ESPECIALIDAD Y
REQUISITOS
Neurología.
Duración: 4 años.
Licenciatura previa: Medicina.
2. INTRODUCCION
La Especialidad de Neurología comenzó a practicarse en España hace
algunas décadas en grupos aislados ubicados en hospitales generales,
habitualmente en el seno de servicios de Medicina Interna,
Neurocirugía y Psiquiatría, y estaba reconocida como especialidad.
Su práctica, sistematizada y su reconocimiento oficial de facto, sin
embargo, vino con la eclosión de la Sanidad Pública, es decir, a
partir de 1964, cuando empezaron a abrirse hospitales de la
Seguridad Social y, con ellos, a ponerse en funcionamiento unidades
de Neurología. Su positiva aportación en todos los órdenes hizo que,
en el devenir del tiempo, se fueron generalizando dichas unidades en
hospitales de todas las categorías.
3. DEFINICION DE LA ESPECIALIDAD Y CAMPO DE ACCION
La Neurología es la especialidad médica que estudia la estructura,
función y desarrollo de los sistemas Nervioso-Central y Periférico
en estado normal y patológico, utilizando todas las técnicas de
estudio, diagnóstico y tratamiento actualmente en uso o que pueden
desarrollarse en el futuro.
La Neurología se ocupa de forma integral de la asistencia médica del
enfermo neurológico, de la docencia en las materias que afectan al
Sistema Nervioso y de la investigación tanto básica como de
aplicación clínica dentro del campo de las Neurociencias. El
neurólogo es el médico que ejerce la especialidad de Neurología
dominando todos los conocimientos y técnicas especiales que permiten
llevar a cabo la asistencia, investigación y enseñanza de la
especialidad. El campo de acción de la especialidad abarca las áreas
asistencial, docente e investigadora.
3.1. AREA ASISTENCIAL
La competencia asistencial del neurólogo es la evaluación integral
de todas las disfunciones y enfermedades del sistema nervioso,
central y periférico, utilizando el método clínico y todas las
técnicas instrumentales precisas, aplicando o indicando todos los
tratamientos pertinentes. Participará igualmente en los aspectos
legales, epidemiológicos, preventivos, laborales y sociales que
impliquen estas enfermedades.
Esta actividad se ejercerá con total responsabilidad e independencia
de otras especialidades clínicas, aun cuando existan nexos de
colaboración.
3.2. AREA DOCENTE
Compete al neurólogo la participación en la enseñanza de los
contenidos de su especialidad en los distintos niveles del
currículum formativo del médico. Además, será el responsable del
médico residente candidato a la titulación en Neurología, de acuerdo
con los objetivos docentes establecidos en el presente programa.
Las Unidades de Neurología podrán proponer la realización por sus
médicos residentes de períodos de formación en centros docentes
extranjeros.
3.3. AREA INVESTIGADORA
E1 neurólogo debe fomentar y desarrollar la investigación básica y
clínica aplicada y, para ello, se le procurarán los apoyos
institucionales necesarios. La Comisión Nacional de la especialidad
velará por la existencia de condiciones que faciliten esta
actividad.
Las tres áreas deberán tener un tratamiento integral, y se deberá
garantizar la adecuada articulación entre ellas.
3.4. DESARROLLO DE LA ESPECIALIDAD DE
NEUROLOGÍA
Los progresos y actualizaciones en las ciencias médicas exigen
contemplar el profundizar y aumentar la especificidad de
competencias dentro del marco general de la especialidad, con el fin
de enriquecer el conocimiento y garantizar la incorporación de los
nuevos avances en la práctica moderna de la Neurología. Para cumplir
con las competencias clínico-asistenciales, docentes y de
investigación es necesario considerar el desarrollo dentro de la
especialidad de campos específicos de especial interés que permitan
analizar y tratar grupos de pacientes que, en orden a su edad o a
las características específicas de las enfermedades que constituyen
su patología, precisan de una mayor dedicación y experiencia
técnica. De ahí que se incentivará y fomentará el desarrollo
integral de unidades especiales dentro del marco general de la
especialidad de Neurología para abordar el interés y la demanda
social y científica dentro de las necesidades establecidas.
Las dedicaciones especiales a un campo concreto de las neurociencias
se considerarán "áreas de capacitación específicas" dentro de la
especialidad de Neurología.
4. OBJETIVOS GENERALES DE LA FORMACION
Para poder desarrollar lo anterior, el especialista en Neurología
debe conseguir:
4.1. Capacidad primero y, después, de manera sucesiva, soltura y
dominio en la obtención de la historia clínica, en la realización de
una completa exploración general y neurológica y en el uso e
interpretación de la metodología diagnóstica.
4.2. Entrenamiento suficiente para saber resolver (diagnosticar y
tratar) los problemas neurológicos agudos en atención urgente. Ello
quiere decir que el neurólogo en formación conseguirá un
conocimiento clínico suficiente para interpretar estos cuadros, así
como la capacidad para exámenes de fondo de ojo, realizar punción
lumbar, interpretar, al nivel que corresponde a un neurólogo
clínico, los datos de estudios eléctricos, neuroimagen o de otros
tipos, así como la práctica y/o interpretación de otros usos o
técnicas que se vayan incorporando a la práctica común de la
Neurología de urgencias. Todo lo expuesto indica la necesidad de que
el neurólogo en formación estará obligado a realizar asistencia de
urgencias hospitalarias de la especialidad, basado en un sistema de
guardias específicas e Neurología a partir del segundo año de
formación.
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